Ayudas de emprendimiento para personals con discapacidad

ayudas

La Fundación ONCE publica dos convocatorias de ayudas económicas para emprendedores con discapacidad. El plazo de solicitud finaliza el 29 de septiembre para la convocatoria general (POISES) y el 31 de marzo de 2018 para la de jóvenes de garantía juvenil.El objetivo de estas ayudas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo es fomentar el empleo y la inserción sociolaboral de personas con discapacidad. Se dividen en dos convocatorias incompatibles entre sí:

  1. Destinada expresamente a jóvenes con discapacidad
  2. Personas con discapacidad no consideradas jóvenes.

        1. Ayudas para jóvenes con discapacidad

La Fundación ONCE ofrece, a fondo perdido, ayudas destinadas a jóvenes con discapacidad de entre 16 y 30 años.Requisitos:

  • Deben estar inscritos en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil (SNGJ)
  • Ser demandantes de empleo
  • No haber trabajado o participado en actividades de educación o formación al menos el día anterior a la presentación de su solicitud en esta convocatoria

Cuantía:Mínimo de 6.000 euros y podrán aumentar hasta un máximo de 18.000 si fomentan sectores en crecimiento, el desarrollo del medio rural o se enmarcan dentro de la sociedad de la información.Pueden percibir una ayuda superior a los 3.000 euros los negocios impulsados por colectivos con discapacidad de especial dificultad:

  • Personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual
  • Mujeres, los que empleen además a otras personas con discapacidad
  • Los promovidos por víctimas de violencia de género o parados de larga duración, entre otros.

Plazo de solicitud:Los interesados en optar a estas subvenciones tienen de plazo para presentar sus solicitudes hasta que se agoten los recursos presupuestados, o, en todo caso, hasta el 31 de marzo de 2018.

    2. Ayudas generales  (POISES)

Las ayudas generales a fondo perdido están destinadas a personas con discapacidad y demandantes de empleo, que vayan a poner en marcha su propio proyecto empresarial o que lo hayan iniciado después del 1 de enero de 2016.Cuantía:Mínimo de 3.000 euros por solicitud aprobada y máximo de 18.000, si, como en las ayudas para jóvenes, fomentan sectores en crecimiento, en el medio rural o se enmarcan dentro de la sociedad de la información.Asimismo, podrán percibir una cuantía superior a los 3.000 euros los negocios impulsados por colectivos con discapacidad con especial dificultad: (personas con parálisis cerebral, enfermedad mental o discapacidad intelectual), mujeres, los que empleen además a otras personas con discapacidad, y los promovidos por víctimas de violencia de género  o parados de larga duración, entre otros.Plazo de presentación de solicitudes: Hasta el próximo 29 de septiembre.http://www.fundaciononce.es/es/pagina/proyectos-y-solicitudes

 

SOLICITAR DÍAS DE CORTESÍA PARA EL ENVÍO DE NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS DE LA AGENCIA TRIBUTARIA.

Notificaciones electrónicas
Los obligados tributarios que estén incluidos, con carácter obligatorio o voluntario, en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada en relación con la Agencia Tributaria podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición en la DEH.
Para poder solicitar los llamados días de cortesía es necesario estar dado de alta en la DEH y estar suscrito a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.
En el caso de no encontrarse incluido en el colectivo de obligados tributarios a recibir las notificaciones de la Agencia Tributaria electrónicamente deberá suscribirse a los procedimientos que desee mientras que si está obligado a la recepción electrónica de notificaciones debe asegurarse de que está incluido en el sistema de Notificaciones Electrónicas Obligatorias (NEO), habiendo firmado la correspondiente notificación de inclusión en el sistema NEO en la Sede Electrónica o en la propia Administración si no tiene certificado electrónico.
En cualquier caso, los días de cortesía deberán solicitarse con un mínimo de 7 días de antelación al comienzo del periodo deseado.
Si la persona que va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía es un tercero, deberá estar apoderado en el trámite GENERALNOT y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado.
Si desea más información sobre este procedimiento, le recomendamos que consulte la Orden EHA/3552/2011, de 19 de diciembre (BOE 29 de diciembre).
Para solicitar estos días de cortesía acceda al portal «Mis notificaciones» de la Sede Electrónica y haga clic en el enlace «Solicitud de días en los que no se pondrán notificaciones en Dirección Electrónica Habilitada».
http://www.agenciatributaria.es/AEAT.internet/Inicio/Ayuda/_comp_Consultas_informaticas/Categorias/Otros_servicios/Notificaciones_electronicas/Notificaciones_y_comunicaciones_desde_la_Sede_Electronica/Dias_de_cortesia_notificaciones/Como_solicitar_los_dias_de_cortesia_con_apoderamiento/Como_solicitar_los_dias_de_cortesia_con_apoderamiento.shtml